4 de septiembre de 2009

Ley de Educación Sexual Integral. ¿Servicio o Perjuicio?

Instituto Superior de Formación Docente nº 84
Profesorado en educación física
Perspectiva: Socio-política
Autor: Perrupato, Leandro
Profesor: Ball-llatinas, Pablo
Mar del Plata
2008





Contenidos: Introducción. Ley de Educación Sexual Integral. Ley de educación Sexual, ¿Deber del Estado o Abuso de Poder? Educación comercial. Enseñar es también respetar y saber escuchar. Redondo, redondo, educación sin fondo. Una ley de educación que no sociabiliza. Conclusión. Bibliografía                                                                 


Resumen: En este trabajo abordamos el tema de la Ley de Educación Sexual Integral, y cuales las consecuencias de esta al no permitirle a la familia el poder abordar desde sus valores, creencias, costumbres, aquellos que consideran que será lo mejor en materia a de educación sexual para sus hijos.
Se abordo a la conclusión de que es la familia quien debe decidir que, como y cuando enseñarles a sus hijos en lo referido a este tema; y que el rol del Estado no es mas que el de acompañamiento en esta labor familiar. Es muy importante evaluar que valores se les esta enseñando a los chicos a la hora de desarrollar una educación de este tipo y presentarles una amplia gama de orientaciones sexuales como “adecuadas”.


                                                                                  


Introducción
                En Argentina, desde el año 2005 se ha venido evaluando la posibilidad de llevar a cabo un proyecto de ley en el cual se expusiera la necesidad de implementar un Programa de Educación Sexual Integral. Luego de varias reuniones, la ley fue sancionada y promulgada en el mes de noviembre de 2006. Hubo reacciones varias en las personas (se podía identificar quien estaba a favor y quien en contra), pero el tema no paso a mayores y se le “resto” importancia porque no se habían desarrollado los lineamientos curriculares globales, en los cuales se planteen que contenidos, con que objetivos y como darlos. En el mes de mayo de 2008 el Consejo de Educación de la nación aprobó por unanimidad los que serán los próximos lineamientos curriculares y estableció que al comienzo del ciclo lectivo 2009 seria llevado a la práctica.
La problemática con dicha ley se presenta desde diversos puntos, principalmente, se plantea que, la familia tiene el derecho y el deber de llevar a cabo ese tipo de educación, basándose en los valores e ideologías que ellos consideran correctos. En la Constitución Nacional Argentina y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, se le otorga este derecho a la familia y se deja claramente asentado que el Estado debe cumplir un rol de acompañante... Pasando por alto esto, el Estado pretende formar a los jóvenes según su criterio y formarlos en valores, pero que desconocen si son o no, lo que la familia les ha inculcado.
A lo largo del trabajo se abordara el tema desde cinco enfoques diferentes: la política, la economía, la sociología, la educación y los medios de comunicación y se intentara mostrar a partir de ellos, el porque no debe aplicarse dicha ley. Sin ir mas lejos se esta violando un derecho que es de la familia y que se encuentra claramente establecido en el capítulo 4, articulo 19 de la Constitución Nacional.

Ley de Educación Sexual Integral
Debido a la catastrófica situación por la que atraviesa el mundo en lo que respecta a la sexualidad (propagación de enfermedades de transmisión sexual, como el SIDA, la Hepatitis B, la Sífilis; embarazos juveniles; violaciones; homosexualidad) se planteó la necesidad de implementar en las escuelas (tanto publicas como privadas) programas en los cuales se brinde lo que se da a llamar “Educación Sexual”. Como consecuencia de esto, en Argentina el 4 de Octubre de 2006 se sancionó la Ley 26.150 (conocida como Ley de Educación Sexual Integral) y esta fue promulgada el 23 del mismo mes.
Establécese que todos los educandos tienen derecho a recibir  educación sexual integral en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal.[1]

Dicha Ley cuenta con 11 artículos en los cuales se establece cuales son las formas, a partir de que edades, en que zonas del país, que colegios y cuales son los objetivos que se buscan a partir del desarrollo del Programa de Educación Sexual Integral (programa que compone la ley), estos son:
PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACION SEXUAL INTEGRAL[2]

ARTICULO 1º — Todos los educandos tienen derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal. A los efectos de esta ley, entiéndase como educación sexual integral la que articula aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos.

ARTICULO 2º — Créase el Programa Nacional de Educación Sexual Integral en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, con la finalidad de
cumplir en los establecimientos educativos referidos en el artículo 1º las disposiciones específicas de la Ley 25.673, de creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable; Ley 23.849, de Ratificación de la
Convención de los Derechos del Niño; Ley 23.179, de Ratificación de la  Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que cuentan con rango constitucional; Ley 26.061, de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y las leyes generales de educación de la Nación.

ARTICULO 3º — Los objetivos del Programa Nacional de Educación Sexual
Integral son:
a) Incorporar la educación sexual integral dentro de las propuestas educativas orientadas a la formación armónica, equilibrada y permanente de las personas;
b) Asegurar la transmisión de conocimientos pertinentes, precisos, confiables y actualizados sobre los distintos aspectos involucrados en la educación sexual integral;
c) Promover actitudes responsables ante la sexualidad;
d) Prevenir los problemas relacionados con la salud en general y la salud sexual y reproductiva en particular;
e) Procurar igualdad de trato y oportunidades para varones y mujeres.

ARTÍCULO 4º — Las acciones que promueva el Programa Nacional de Educación Sexual Integral están destinadas a los educandos del sistema educativo nacional, que asisten a establecimientos públicos de gestión estatal o privada, desde el nivel inicial hasta el nivel superior de formación docente y de educación técnica no universitaria.

ARTICULO 5º — Las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal garantizarán la realización obligatoria, a lo largo del ciclo lectivo, de acciones educativas sistemáticas en los establecimientos escolares, para el cumplimiento del Programa Nacional de Educación Sexual Integral. Cada comunidad educativa incluirá en el proceso de elaboración de su proyecto institucional, la adaptación de las propuestas a su realidad sociocultural, en el marco del respeto a su ideario institucional y a las convicciones de sus miembros.

ARTICULO 6º — El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología definirá, en consulta con el Consejo Federal de Cultura y Educación, los lineamientos curriculares básicos del Programa Nacional de Educación Sexual Integral, de modo tal que se respeten y articulen los programas y actividades que las jurisdicciones tengan en aplicación al momento de la sanción de la presente ley.

ARTICULO 7º — La definición de los lineamientos curriculares básicos para la educación sexual integral será asesorada por una comisión interdisciplinaria de especialistas en la temática, convocada por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, con los propósitos de elaborar documentos orientadores preliminares, incorporar los resultados de un diálogo sobre sus contenidos con distintos sectores del sistema educativo nacional, sistematizar las experiencias ya desarrolladas por estados provinciales, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipalidades, y aportar al Consejo Federal de Cultura y Educación una propuesta de materiales y orientaciones que puedan favorecer la aplicación del programa.

ARTÍCULO 8º — Cada jurisdicción implementará el programa a través de:
a) La difusión de los objetivos de la presente ley, en los distintos niveles del sistema educativo;
b) El diseño de las propuestas de enseñanza, con secuencias y pautas de abordaje pedagógico, en función de la diversidad sociocultural local y de las necesidades de los grupos etarios;
c) El diseño, producción o selección de los materiales didácticos que se recomiende, utilizar a nivel institucional;
d) El seguimiento, supervisión y evaluación del desarrollo de las actividades obligatorias realizadas;
e) Los programas de capacitación permanente y gratuita de los educadores en el marco de la formación docente continua;
f) La inclusión de los contenidos y didáctica de la educación sexual integral en los programas de formación de educadores.

ARTICULO 9º — Las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal, con apoyo del programa, deberán organizar en todos los establecimientos educativos espacios de formación para los padres o responsables que tienen derecho a estar informados. Los objetivos de estos espacios son:
a) Ampliar la información sobre aspectos biológicos, fisiológicos, genéticos, psicológicos, éticos, jurídicos y pedagógicos en relación con la sexualidad de niños, niñas y adolescentes;
b) Promover la comprensión y el acompañamiento en la maduración afectiva del niño, niña y adolescente ayudándolo a formar su sexualidad y preparándolo para entablar relaciones interpersonales positivas;
c) Vincular más estrechamente la escuela y la familia para el logro de los objetivos del programa.

ARTICULO 10. — Disposición transitoria:
La presente ley tendrá una aplicación gradual y progresiva, acorde al desarrollo de las acciones preparatorias en aspectos curriculares y de capacitación docente. La autoridad de aplicación establecerá en un plazo de ciento ochenta (180) días un plan que permita el cumplimiento de la presente ley, a partir de su vigencia y en un plazo máximo de cuatro (4) años. El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología integrará a las jurisdicciones y comunidades escolares que implementan planes similares y que se ajusten a la presente ley.

ARTICULO 11. — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Esta Ley divide a la sociedad en dos, ya que encontramos a aquellos que se encuentran a favor de que se brinde educación sexual a sus hijos en las escuelas, y aquellos que opinan todo lo contrario, sosteniendo que el rol del Estado es el de acompañar a la familia en la educación sexual de su hijo, no brindarle la que este considere adecuada.
Como consecuencia de estas idas y venidas, de estos tires y aflojes, dicha ley no se llevó a la práctica, ya que no se aprobaron los lineamientos curriculares globales sobre los cuales se establecerían que tipo de contenido, de qué forma y en que niveles se llevaría a cabo. La ley quedó en stand-bay, se realizaron varias reuniones en el Consejo de Educación, se presentaron varias propuestas, varios posibles lineamientos, y la discusión entre los que estaban a favor y los que estaban en contra cada vez se hacía más leve, ya que no se observaban grandes cambios en las propuestas educativas en lo que a la educación sexual respecta.
El 29 de mayo de 2006 El Consejo Federal de Educación aprobó la Resolución CFE Nº 45/08, que contiene los lineamientos curriculares a desarrollar durante el ciclo escolar. En esta se plantean como objetivos fundamentales:
• Ofrecer oportunidades de ampliar el horizonte cultural desde el cual cada niño, niña o adolescente desarrolla plenamente su subjetividad reconociendo sus derechos y responsabilidades y respetando y reconociendo los derechos y responsabilidades de las otras personas.
• Expresar, reflexionar y valorar las emociones y los sentimientos presentes en las relaciones humanas en relación con la sexualidad, reconociendo, respetando y haciendo respetar los derechos humanos.
• Estimular la apropiación del enfoque de los derechos humanos como orientación para la convivencia social y la integración a la vida institucional y comunitaria, respetando, a la vez, la libertad de enseñanza, en el marco del cumplimiento de los preceptos constitucionales.
• Propiciar el conocimiento del cuerpo humano, brindando información básica sobre la dimensión anatómica y fisiológica de la sexualidad pertinente para cada edad y grupo escolar.
• Promover hábitos de cuidado del cuerpo y promoción de la salud en general y la salud sexual y reproductiva en particular, de acuerdo a la franja etaria de los educandos.
• Promover una educación en valores y actitudes relacionados con la solidaridad, el
amor, el respeto a la intimidad propia y ajena, el respeto por la vida y la integridad
de las personas y con el desarrollo de actitudes responsables ante la sexualidad.
• Presentar oportunidades para el conocimiento y el respeto de sí mismo-a y de su propio cuerpo, con sus cambios y continuidades tanto en su aspecto físico como en sus necesidades, sus emociones y sentimientos y sus modos de expresión.
• Promover aprendizajes de competencias relacionadas con la prevención de las diversas formas de vulneración de derechos: maltrato infantil, abuso sexual, trata de niños.
• Propiciar aprendizajes basados en el respeto por la diversidad y el rechazo por todas las formas de discriminación.
• Desarrollar competencias para la verbalización de sentimientos, necesidades, emociones, problemas y la resolución de conflictos a través del diálogo.[3]

El 30 de mayo de 2008 el diario Clarín, publica una nota en la cual se informa  a la sociedad que a partir del 2009 se comenzará a brindar “Educación Sexual” en todos los establecimientos educativos, ya que el Consejo de Educación había aprobado por unanimidad los lineamientos curriculares. Según expresaba Juan Carlos Tedesco (actual Ministro de Educación de la Nación)
La relevancia de este documento es que fija un piso, una base, de los conocimientos mínimos sobre educación sexual que deben recibir los chicos de todo el país. Esto servirá para reforzar la enseñanza en aquellos distritos que ya la venían dando y obligar a los que no lo hacían a cumplir con la ley.[4]
               
Ley de Educación Sexual, ¿Deber del Estado o Abuso de Poder?
Según ha informado el gobierno, a partir de marzo de 2009, con el comienzo del ciclo lectivo, ya se implementara y se llevara a cabo El Programa Nacional Para la Educación Sexual Integral en todos los establecimientos educativos. En base a esto todas las personas que asistan a cualquier establecimiento educativo, público o privado, desde el nivel inicial hasta el nivel superior de formación docente y educación técnica, recibirán educación sexual, por parte de personas “capacitadas” (ya que según la ley, las personas serán capacitadas regularmente) ajenas a su círculo familiar íntimo.
Teniendo en cuenta esto, se presenta la primera de tantas “ironías” o como diría Arturo Jauretche “zonceras”
Basta detenerse un instante en su análisis para que la zoncera resulte obvia, pero ocurre que lo obvio pasa con frecuencia inadvertido, precisamente por serlo[5]

Esto que plantea Jauretche, no es mas ni menos que la pura verdad, ya que en el art. 75 Inc. 19 de la Constitución Nacional  y en el art. 12 inc. 4 de la Convención Americana de Derechos Humanos, se plantea que
Los padres, en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa y moral que este de acuerdo con sus propias convicciones [6]

…Sancionar leyes de organización y de base de la educación que consoliden la unidad nacional respetando las particularidades provinciales y locales; que aseguren la responsabilidad indelegable del Estado, la participación de la familia y la sociedad, la promoción de los valores democráticos y la igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna; y que garanticen los principios de gratuidad y equidad de la educación pública estatal y la autonomía y autarquía de las universidades nacionales.
Dictar leyes que protejan la identidad y pluralidad cultural, la libre creación y circulación de las obras del autor; el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales. (Constitución Nacional, 1994)[7]


La educación sexual es un derecho y un deber de los padres, no del Estado. El ámbito íntimo del hogar es el sitio en donde los padres inculcaran a sus hijos la educación que ellos consideren adecuada y no la que les impongan. La escuela debe funcionar como un complemento, como un instrumento más que permita a los padres llevar cabo la educación que ellos consideran adecuada. El enseñar a los alumnos cuestiones en relación a la definición de su sexualidad, presentándoles como alternativas posibles la heterosexualidad, la homosexualidad, la bisexualidad el travestismo, el transformismo, atenta contra las familias, ya que por un lado, les quita el derecho que tienen de poder inculcar en sus hijos la educación sexual basada en los valores o creencias, y por el otro se corrompe la idea de “familia”, compuesta por un padre, una madre e hijos. Y es aquí en donde caemos en lo que decía Jauretche
Las zonceras son principios introducidos en nuestra formación intelectual desde la más tierna infancia -y en dosis para adultos- con la apariencia de axiomas, para impedirnos pensar las cosas del país por la simple aplicación del buen sentido[8]

Muchos de los que hoy están a favor de la Ley de Educación Sexual, no son mas que el simple producto de una política mentirosa o corrupta que esconde muchísimos otros intereses, comerciales, sociales, económicos, pero que no es en procura de lo que la sociedad argentina necesita.

Educación comercial
Se plantea que hay que llevar a cabo la puesta en marcha de la Ley de Educación Sexual, ya que los jóvenes comienzan a tener relaciones sexuales a edades cada vez más tempranas, con mayor frecuencia y muchas veces en forma indiscriminada. Pero esto es producto de lo que se le presenta al joven de hoy como realidad y como propósito en la vida a partir de los medios como la televisión y la Internet. A cualquier hora del día, y hasta en los canales menos esperados, se puede reconocer el mensaje que se transmite a los chicos. Los medios en la actualidad hacen hincapié en mostrar solo una parte de la realidad  y hacer que esta se transforme en necesidad.
Por ejemplo: En Casi- Ángeles, una “novela infantil” que tiene un publico que oscila entre los 7 y 15 años, se hace mención a la importancia de mantener relaciones sexuales para poder demostrar que verdaderamente se esta enamorado de la otra persona. Este programa es visto por mas de 200.000 televidentes por día, lo que da la pauta de que son muchos los niños/ jóvenes que toman lo que se reproduce en este programa como una verdad absoluta. Ni hablar de programas como “Showmacht”, en el cual se llega a tocar fondo, podríamos decir, con bailes eróticos y denigrantes (que brindan una imagen mediocre y vacía de la mujer) y se presenta como una opción de vida sexual el travestismo, la homosexualidad  y el transformismo. Lo que hace pensar que lo que la televisión reproduce no es más que lo que le conviene a unos poco que tienen el poder y el dinero, y que pretende a partir de todo esto sacar provecho y disfrutar de los beneficios de pertenecer a la clase dominante. Como menciona Chomsky en su teoría acerca de los objetivos de la propaganda
1-La clase política, que abarca aproximadamente el 20% de la población instruida es la que se expresa en la toma de decisiones y la que debe cumplir un papel en ésta. En esencia funciona como un grupo de gerentes de la sociedad, así que tiene que ser cuidadosamente adoctrinados. Su acatamiento es importante.
2-El 80% restante está supuestamente para cumplir órdenes sin pensar. Y son los que por lo común pagan.[9]

                Además en este tipo de programas, se puede ver claramente que como sostiene Chomsky, “…los auspiciantes quieren programas entretenidos que cuestionen lo menos posible y no causen trastornos…”[10]. Solo basta con cambiar auspiciantes por políticos (aunque muchas veces son los mismos) y la frase es ampliamente aplicable a la Ley de Sexualidad, y su trasfondo en la Argentina. Esto pasa, porque “…el gobierno, los políticos y los medios de comunicación ignoran las necesidades de la mayoría y están al servicio de las necesidades de los ricos.” [11]
                Queda mas que claro que en la Argentina de hoy, “…los medios ya dejaron de representar la realidad para construir la realidad.”[12], como sostiene Eliseo Verón. Ya que todas esas necesidades creadas e impuestas son las que provocan que luego se actué de tal o cual manera y en tal o cual circunstancia. Los pocos canales que reproducen este mensaje se encuentran, en la televisión por cable (lo cual ya implica que hay que pagar para poder acceder a estos), tienen una señal que a veces es mala, con problemas de sonido o de interferencia y no poseen tanta propaganda como otros canales más conocidos.

Enseñar es también respetar y saber escuchar
                La educación muchas veces es entendida como el proceso que brinda el maestro a sus alumnos, a partir del cual estos adquieren un conocimiento nuevo. El diccionario la define como:
EDUCACIÓN:
- Etimología: Tomado del latín educatĭo.
- Definición: Acción y efecto de estudiar.
Crianza, enseñanza y doctrina que se da a los niños y a los jóvenes.
Instrucción por medio de la acción docente.[13]

                A partir de esta definición, muchas veces nos creemos que únicamente es el maestro o profesor el que sabe y no nos damos la oportunidad de plantearnos si somos nosotros también capaces de educar. Sin embargo, en una familia, los padres son los principales educadores de sus hijos, son ellos los que decidirán que tipo de educación brindarles. Nadie tiene derecho a imponer su postura, ya que no todas las familias comparten las mimas ideologías. Es por eso que uno de los factores mas importantes a la hora de la enseñanza es el respeto y la capacidad de  saber escuchar lo que el otro tiene para decir.
Siguiendo a Freire la educación debe comenzar por superar la contradicción educador-educando. Debe basarse en una concepción abarcadora de los dos polos en una línea integradora, de manera que ambos haga a su vez “educadores y educandos”[14]

                Paulo Freire, influyente educador teórico de la educación brasileño, sostiene que “enseñar exige respeto a los saberes del los educandos[15], si la ley contemplara esto que se plantea, la escuela y el docente no podrían “pasar por encima” de lo que al niño se le ha inculcado según su cultura y/o religión. Si se le han infundido valores de castidad, amor, pureza, la escuela no puede pasar por sobre estos y enseñarle a sus alumnos indiscriminadamente los que les viene establecido o prefijado en un lineamiento que no contempla las diversidades sociales.
                Es necesario que la educación, se transforme, desarrollar una pedagogía de la pregunta en vez de una pedagogía de la respuesta, como sostiene Freire. Es decir, que aplicado a la educación sexual, la escuela debe cumplir el rol de acompañar a la familia en la educación de sus hijos, responder a aquellos interrogantes que los niños tengan ya sea por miedo a preguntar o porque no tuvieron la posibilidad.
                Otra de las tantas contradicciones que presenta esta Ley, es que plantea que la “Educación Sexual” debe ser brindada por los docentes, y la mayoría de estos no han sido capacitados, a pesar de que en uno de sus artículos, se especifica que se realizaran periódicamente capacitaciones, tanto a docentes como a padres. La falta de capacitaciones es denunciada por los docentes mismos, que son realistas y saben que no pueden brindar enseñanza sexual sin saber como es que la tiene que dar y cuales son los contenidos. La mayoría considera que es indispensable para llevar a cabo este Programa Nacional de Educación Sexual Integral, recibir las capacitaciones prometidas.
                Como postula Fernando Rodríguez Facal, la educación debe ser critica y autocrítica, cosa que lamentablemente no se lleva a cabo, ya que los docentes no pueden realizar una critica objetiva de algo que no saben sin como debe brindarse. Además, sostiene que,  “… Los contenidos curriculares deberán tener como eje valores fundamentales, en primer lugar el respeto por la vida y la integridad de los demás.” [16]
                Gran parte de los contenidos no son correctamente evaluados y son colocados en el currículum, por conveniencias políticas o por imitar la educación de países del primer mundo, en los cuales las circunstancias sociales, económicas, tecnológicas requieren y hacen posible llevarlos a cabo. Facal haciendo referencia al tema expone:
Hace ya varios siglos Bacon, que de esto del poder sabía mucho, dijo que el conocimiento es poder; y no dar conocimientos es atentar contra el futuro de esos chicos y el de la comunidad que integran. Obviamente entre los contenidos hay una serie de gansadas, eso si muy modernas, que sería mucho mejor no mentarlas.[17]

Redondo, redondo, educación sin fondo
                La “frutilla del postre” a todas las ironías de la educación sexual antes mencionadas se suma un detalle, que no es menor,  este es el de los fondos destinados a la educación. La Argentina destinas muy pocos fondos para la educación, en comparación con el resto del mundo; recién ahora y como consecuencia de un “crecimiento”  del PBI, se ha presentado un proyecto de ley, en el cual se establece que a partir del 2010 se destine a la educación el 8 % del PBI, cuando, según lo establecido, para el 2010, el presupuesto para la educación seria del 6% del PBI. Al destinar un 8% para la educación se acercarían a los que se destinan en los países de la Unión Europea, Israel y Brasil, en los cuales se desarrolla una apuesta muy fuerte en lo que respecta a la educación.
                Ante esto, uno se pregunta, ¿cómo se pretende llevar a la práctica la ley, con fondos que no alcanzan ni siquiera para cubrir el total de los gastos necesarios para desarrollar la  una educación como la que se practica actualmente? Las autoridades, “preocupadas”, por cual debiera ser la inversión en el plano educativo del año 2009, presentaron en la Cámara alta, un posible presupuesto, que es un 19,5% más alto que el anterior. David Ricardo Rubén, economista ingles del siglo XVIII, postula “La calidad y rinde de la tierra (maquina o servicio) condiciona el precio del producto”[18]. Esto daría la pauta de que a mayor presupuesto destinado a la educación, mejores resultados obtenidos.
                Ahora bien, si con el presupuesto anterior no alcanzaba para tener maestros bien pagos, ni para brindar un buen servicio de limpieza, ni para realizar el mantenimiento edilicio de las instituciones, ¿consideran que aumentando un 19,5% el presupuesto, se alcanzaran a cubrir todos los gastos que implica aplicar la ley? Porque, todas las capacitaciones, los materiales, el personal extra, generaran un gasto, que teniendo en cuenta la extensión del país, y si se pretendiera hacer una buena puesta a punto, no se cubrirá con ese aumento. Lo que no deja más que entrever que en comparación con el 2008, que el presupuesto para el 2009 será el mismo o menor  al del año anterior, debido a que se aumentaran y se generaran nuevos gastos. Para Karl Marx, filósofo, historiador, sociólogo, economista, escritor y pensador socialista alemán, “….el motor de la historia es la lucha de clases en el marco de la estructura económica…”[19]. Sostenía “Basta de pensar la sociedad como un ideal. Las condiciones materiales determinan la vida social, espiritual y política”[20]. Esto hace referencia a lo que se planteaba acerca de que muchas veces el currículum y los lineamientos que se implementan no están en relación con lo que se vive, ya que se toman de otros que se desarrollan en otros países con otros ámbitos totalmente distintos, con una economía mas desarrollada o en alza.
                Siguiendo la teoría clásica de la economía, esto provocara un perjuicio a la economía en su conjunto porque, al no haber un incremento en los sueldos de los docentes, estos afectaran al mercado, provocando así una reducción en la demanda global, ya que al tener el mismo sueldo que el año pasado (pero teniendo en cuenta, que los precios en el país están cada vez mas altos), su poder de compra será menor. Al suceder esto, la recaudación nacional también disminuye y como consecuencia decrece el nivel de actividad. Al disminuir la recaudación, también disminuye el presupuesto destinado a la educación, y al disminuir el presupuesto, se producen un sin fin de problemáticas, en relación bajan los sueldos y como manifestación los docentes recuerden a los paros, provocando una reducciones los días de clases y una baja en el nivel educativo.

Una ley de educación que no sociabiliza
                Muchas veces nos confundimos o nos conformamos con la idea-definición de que la sociedad es una simple sumatoria de individuos, pero cuan errados estamos al encerrarnos en este concepto tan vacío. Emile Durkheim, teórico social francés y pionero de la sociología moderna, la define como: “…la sociedad es como un Dios: oculta pero omnipresente, externa pero interiorizada en cada individuo. Como todo Dios, termina siendo la explicación y solución de todos los misterios.”[21]
                Toda sociedad debe ser educada,  pero no todas por igual; cada sociedad es educada según su criterio, sus ideologías. Marx, prefiere hablar de superestructuras (y en estas incluye al estado, las ideologías, la religión, las expresiones artísticas, o cualquier producto del intelecto humano) y sostener que existe una relación entre la economía y las superestructuras, ya que la economía es quien determina a la superestructura; sin embargo, estas poseen una autonomía relativa que les permite incidir sobre la economía y desarrollarse. Esto es lo que hoy en día sucede con la ley de Educación sexual, ya que a partir de las ideologías de los políticos, de la mano de un buen sustento económico, se sanciono y se proclamo la ley en el 2006 y a partir del 2009 se pondrá en marcha con unos lineamientos curriculares que no contemplan que el rol de la familia es mas importante, en materia de educación sexual que el de la escuela.
                Max Weber sostiene que “…la esencia de la crítica sociológica es analizar la pluralidad de causas y, a posteriori, señalar el peso de cada una de ellas. Pero debemos saber que esta distribución de pesos es siempre provisoria…”[22]; que es lo que claramente no se realizo a la hora de aprobar la ley y comenzar a llevarla a cabo a partir del 2009. No se realizó ningún análisis causa efecto acerca de si verdaderamente es un servicio a la comunidad o es otra de las tantas muestras de abuso de poder e imposición de ideas.
                La creación de la ley es el resultado de los cambios en las “necesidades” de los jóvenes, debido, entre otras cosas, a los medios de comunicación. Hoy en día, el mantener relaciones sexuales es una “necesidad” impuesta, que los jóvenes intentar calmar, aunque muchos de ellos no creen en el amor. Como diría Weber:
Vivimos en un mundo artificial, entregado cada vez más a la especialidad y la rutina. Somos meros engranajes de una máquina que no conocemos y que amenaza escapar a nuestro control…Somos prisioneros de la jaula de hierro de la burocracia[23]

                Se podría decir que el sexo es una moda, y como tal, siguiendo las ideas de George Simmel, obliga a los individuos de una sociedad a definirse “…se está de moda o se esta fuera de moda…”[24]. Como en la sociedad de hoy, se presenta como una necesidad estar a la moda, el mantener relaciones sexuales indiscriminadamente se vuelve cotidiano. Como consecuencia, se les hace creer a los padres que se les debe inculcar una educación sexual desde el colegio, en la cual no se tendrá consideración a la castidad o la pureza, pero si se presentara como una forma de vida sexual “correcta” o aceptable la homosexualidad, la bisexualidad, el travestismo y el transformismo.
                Además la escuela es el ámbito donde se ofrecen los modeles del siglo XXI, y a esto es a lo que hay que presta mayor atención, ya que un modelo de este estilo debe ser lo mas productivo posible. Así como dice Emilio Tenti Fanfani:
Es sabido que no hay aprendizaje sin gratificación emotiva y el descuido de la emotividad es el riesgo máximo que hoy corre un estudiante en la escuela. No se trata de un riesgo menor: porque si la escuela es el ámbito donde se ofrecen los modelos de siglos de cultura, y esos modelos sólo se aprenden como contenidos de la mente sin convertirse en esbozos formativos del corazón, el corazón comenzará a transitar inquieto, cuando no de manera trágica, sin horizonte, en esa nada que ni siquiera el fragor de la música juvenil logra disfrazar.[25]

                La ley de Educación Sexual pasa por alto todos los puntos que tiene que ver con la emotividad, con el tomar modelos sanos que apunten a formar un corazón sensible, con lo que no hace más que dejar a simple viste que la idea de llevar a cabo Programas de Educación Sexual Integral en las escuelas es un completo error.

Conclusión
                A lo largo del trabajo se mostró como la Ley de Educación Sexual Integral, no es más que una violación a los derechos de la familia, basados en la Constitución Nacional Argentina y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
                En lo que respecta a lo educacional, es una de tantas propagandas políticas, que se usan como pantalla para “mostrar” un país en desarrollo, pero que no deja de ser eso, un pantalla. Los medios de comunicación, son los creadores y reproductores de las “tendencias”, “modas”, que se desarrollan en cada sociedad, y se empeñan en denigrar a lo opuesto, los diferente.
                El rol de la familia es único e irremplazable a la hora de educar a sus hijos, es por eso, que el Estado no debe tomar partido en cuestiones que no le corresponden. Este debe ser un recurso, un instrumento con el cual, una familia pueda contar, para tal o cual cosa. Pero los valores que se le inculcan a cada chico, son determinados por cada hogar y este es el encargado de que prosperen y se vean reflejados.
                No se puede presentar una realidad a los jóvenes en la cual se les de la opción a elegir entre cinco formas de llevar su sexualidad adelante, ya que no es ético. Si por diversos motivos, el joven elige un camino tendiente a lo homosexual, no se lo va a discriminar, pero mostrarles esas opciones de vida es incitarlos a que las llevan a cabo.
                En síntesis, es un completo error el desarrollar una educación sexual que no tenga consideración a los valores de cada familia y de cada individuo. Habrá que desarrollar un programa en el cual se contemplen estos puntos pasados por altos, y se le debe permitir al cada chico el poder elegir asistir o no a las “clases” que se dicten en materia de “educación sexual”.

Bibliografía
·   Casas, Juan Pablo. (2008, mayo). Acordaron cómo se va a enseñar educación sexual en las escuelas. Diario Clarín [on-line], Sociedad. Disponible en: http://www.clarin.com/diario/2008/05/30/sociedad/s-01683031.htm
·   Cogswell, David y Gordon, Paul. (2003). Chomsky para principiantes. (Bs. As: Era Naciente)
·   Departamento de Derecho Internacional. Tratados multilaterales. (Acceso 20 de noviembre de 2008). (http://www.oas.org/Juridico/spanish/tratados/b-32.html)
·   Educared. Un paso más en la educación a través de nuevas tecnologías  (Acceso 19 de noviembre de 2008). (http://www.educared.org.ar/jornadaeducacionsexual/legislacion.asp - link Anexo Resolución CFE Nº 45/08)
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·   Larrea¸ Jeremías D... Liberacionismo. Alumno del ISFD Nº 84. (Mar del Plata)
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·   Varios autores (2008) Apuntes de la  clase de la cátedra de Socio-política


[1] Educared. Un paso más en la educación a través de nuevas tecnologías  (Acceso 19 de noviembre de 2008). (http://www.educared.org.ar/jornadaeducacionsexual/ley26150.asp)
[2] Educared. Un paso más en la educación a través de nuevas tecnologías  (Acceso 19 de noviembre de 2008). (http://www.educared.org.ar/jornadaeducacionsexual/ley26150.asp)

[3] Educared. Un paso más en la educación a través de nuevas tecnologías  (Acceso 19 de noviembre de 2008). (http://www.educared.org.ar/jornadaeducacionsexual/legislacion.asp - link Anexo Resolución CFE Nº 45/08)

[4] Juan Pablo Casas. (2008, mayo). Acordaron cómo se va a enseñar educación sexual en las escuelas. Diario Clarín [on-line], Sociedad. Disponible en: http://www.clarin.com/diario/2008/05/30/sociedad/s-01683031.htm

[5] Arturo Jauretche. (2008) Apunte de la  clase de la cátedra de Socio-política
[6] Departamento de Derecho Internacional. Tratados multilaterales. (Acceso 20 de noviembre de 2008). (http://www.oas.org/Juridico/spanish/tratados/b-32.html)

[7] Secretaria Parlamentaria. Constitución de la Nación Argentina (Acceso 20 de noviembre de 2008). (http://www1.hcdn.gov.ar/dependencias/dip/congreso/Constitucion%20sola.pdf)
                                                                                                                                                                                            
[8] Arturo Jauretche. (2008) Apunte de la  clase de la cátedra de Socio-política

[9] David Cogswell y Paul Gordon. (2003). Chomsky para principiantes. (Bs. As: Era Naciente)

[10] Noham Chomsky. (2008) Apunte de la  clase de la cátedra de Socio-política

[11] Noham Chomsky. (2008) Apunte de la  clase de la cátedra de Socio-política

[12] Eliseo Verón (2008) Apunte de la  clase de la cátedra de Socio-política

[13] Federico Martín Maglio. “Términos de Educación”. Acceso: 20 de noviembre de 2008. (http://www.instituto127.com.ar/Documentacion/Papeleria/DefsobreEducacion.doc)

[14] Jeremías D. Larrea. Liberacionismo. Alumno del ISFD N º84. (Mar del Plata)
[15] Paulo Freire. (2008) Apunte de la  clase de la cátedra de Socio-política

[16] Fernando Rodríguez Facal. “Educación para todos o coloniaje sistemático”. Publicado: 21 de septiembre de 2004. Acceso: 20 de noviembre de 2008. (http://www.profesionalespcm.org/_php/MuestraArticulo2.php?id=342)

[17] Fernando Rodríguez Facal. “Educación para todos o coloniaje sistemático”. Publicado: 21 de septiembre de 2004. Acceso: 20 de noviembre de 2008. (http://www.profesionalespcm.org/_php/MuestraArticulo2.php?id=342)
[18] David Ricardo Rubén. (2008) Apunte de la  clase de la cátedra de Socio-política

[19] Karl Marx. (2008) Apunte de la  clase de la cátedra de Socio-política

[20]  Karl Marx. (2008) Apunte de la  clase de la cátedra de Socio-política
[21] Emile Durkheim. (2008) Apunte de la  clase de la cátedra de Socio-política
[22] Max Weber (2008) Apunte de la  clase de la cátedra de Socio-política

[23] Max Weber (2008) Apunte de la  clase de la cátedra de Socio-política

[24] George Simmel (2008) Apunte de la  clase de la cátedra de Socio-política
[25] Emilio Tenti Fanfani. “La escuela y la educación de los sentimientos”. Publicado: 21 de octubre de 2004. Acceso: 20 de noviembre de 2008. (http://www.paginadigital.com.ar/articulos/2004/2004cuart/educacion/e1171610-4.asp)

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